En España, hay 40.000 viviendas, hoteles, chiringuitos y otros negocios que ocupan el dominio público marítimo terrestre. Y sólo el 10% de esas construcciones, alrededor de 4.000 de ellas, están ordenadas. “El resto está en una situación de alegalidad”, explicó en un encuentro con medios de comunicación el secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos. Pero esa situación tiene los días contados. Después de la aprobación de la reforma de la Ley de Costas de 1988 a la que dio luz verde el Congreso en mayo de 2013, se necesitaba un instrumento jurídico que permita desarrollarla y aplicarla para evitar que se siga perpetuando esa situación en la que la administración aplica la ley en algunos casos y en otros mira hacia otro lado. El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Reglamento General de la Ley de Costas que permitirá regularizar la situación de las 36.000 ocupaciones que continúan a día de hoy olvidadas por la ley. “Este reglamento pondrá fin al enorme desorden que había en la costa española”, aseguró Federico Ramos. Ese desbarajuste del que habla el secretario de Estado se debe a que no todas las construcciones están en la misma situación. Tras la aprobación de la ley del 88 se otorgaron 24.000 concesiones compensatorias -en su mayoría de 30 años- a aquellas edificaciones que invadían el dominio público marítimo terrestre. En otras palabras, se autorizó a los propietarios de esas ocupaciones a su uso durante ese tiempo, pero pasadas esas tres décadas la propiedad pasaría directamente al Estado. Y eso debía empezar a ocurrir en el año 2018. Hay aún 16.000 casos a los que no se les compensó por la expropiación con una concesión de uso y que, en palabras del director general de Sostenibilidad de la Costa y el Mar del Ministerio de Agricultura, alimentación y Medio Ambiente, Pablo Saavedra, se van a revisar “uno a uno”. “Entre esos 16.000 vamos a encontrar ilegalidades seguro”, aseguró a EL MUNDO. ” Y si eso sucede no se les va a dar la concesión”, dice. La reforma de la Ley de Costas de 2013 -y el reglamento recién aprobado- le da un giro copernicano a esa visión de la ley anterior que buscaba recuperar para el Estado la propiedad y el uso de todo el dominio público marítimo terrestre. El nuevo reglamento permitirá prorrogar las concesiones en vigor en 75 años más para viviendas, 50 años para hoteles y negocios y 30 años más para los cerca de 3.000 chiringuitos presentes en las playas españolas.Y, además, permite que esas concesiones se puedan vender, alquilar, hipotecar o heredar durante ese tiempo, algo que no permitía la Ley de 1988. La medida supone un importante balón de oxígeno para aquellos propietarios que veían esfumarse el derecho a la propiedad sobre sus viviendas y negocios dentro de menos de cuatro años y ahora podrán disponer de ellas durante varias décadas más o lucrarse con su venta si lo desean. Pero no les saldrá barato. La norma contempla la ampliación de la concesión mediante el pago de un canon que irá a engrosar las arcas del Estado. Aunque la cuantía y la forma de calcular ese pago está marcado por el nuevo reglamento, no se trata de nada nuevo. Las arcas públicas ya ingresan cerca de 20 millones de euros anuales en concepto de canon pagado por ese 10% de las ocupaciones, esas 4.000 edificaciones, que sí están ordenadas según la Ley del 88. Pero, a partir de ahora, deberán pagar todos aquellos propietarios que deseen seguir teniendo derecho sobre esas edificaciones, por lo que se pasará de ingresar el canon de 4.000 propietarios a hacerlo de los 40.000 que hay en el dominio marítimo terrestre que quieran continuar disfrutando de ese espacio público.Y la cuantía puede llegar a ser importante. El cálculo se complica para los negocios a los que se cobrará en función de su superficie y su productividad, pero para una vivienda se deberá pagar cada año el 6% del valor catastral de la propiedad. Es decir, que el propietario de una casa de 100.000 euros según el catastro deberá pagar al Estado 6.000 euros anuales. Los particulares también podrán hacer reformas en la instalación o vivienda para la que tienen concesión siempre que las obras no excedan el tamaño, superficie y volumen de la misma. (fonte: El Mundo)